CHECKS AND BALANCES
“Todo hombre que tiene poder se inclina por abusar del mismo; va hasta que encuentra límites. Para que no se pueda abusar de este, hace falta disponer las cosas de tal forma que el poder detenga al poder”
Montesquieu
*El sistema republicano supone el equilibrio de poderes. Puede ser gambeteado, tanto por una autocracia ejecutiva como por un parlamento obstruccionista. Esto último es lo que comienza a verse en el Senado, dónde los planteos a la Ley Bases se multiplican en función de cada legislador individual. En lo inmediato, ello puede perjudicar al gobierno, pero 2025 pasará factura electoral a la oposición.
**La impericia gubernamental para negociar los proyectos y la carencia de liderazgos políticos en la oposición, atentan contra la recuperación económica y social del país.
***Mientras tanto, Javier Milei recorre el mundo como un rock star de la ultraderecha, olvidando que sus funciones principales deben ser hoy las de presidente de un país en crisis.
La democracia es una forma de organización social y política que atribuye el poder al conjunto de la ciudadanía. Se privilegia, sobre todo valor, la autodeterminación humana.
Obviamente, no son tiempos de los griegos. Hoy, la democracia es indirecta, dónde los ciudadanos ejercen el poder político a través de sus representantes, elegidos mediante el voto, en elecciones libres y periódicas.
Más, a través del tiempo, se fue acentuando la idea que la democracia no es suficiente para garantizar un conjunto de valores, en especial la libertad. Se ha puesto la atención en el peligro de la tiranía de la mayoría.
De allí que nace el concepto de república, dirigido particularmente a evitar la concentración del poder delegado por la mayoría ciudadana, en una persona o en un conjunto de personas que lo ejercen sin límites.
La característica esencial del sistema republicano es la división de poderes. Es decir, partir el poder, que supone también la partición de funciones, de manera tal que no pueda un solo estamento adoptar las decisiones importantes.
Teorizada por John Locke, es Charles de Secondat, barón de Montesquieu, el que produce, en su célebre obra “El espíritu de las Leyes”, el republicano principio de la “división de poderes”, que luego fue llevado a la práctica en la Constitución de los Estados Unidos.
Separa en órganos distintos la tarea de administrar (Ejecutivo), legislar (Legislativo) y juzgar (Judicial), de manera tal que ningún estamento tenga las facultades necesarias que le permitan controlar todo el poder en una democracia.
Los “padres fundadores”, así llamados los que elaboraron la Constitución de los Estados Unidos, establecieron este principio en su carta magna, intentando introducir lo que dieron en llamar “checks and balances”, también llamados límites y contrapesos, mecanismos correctores, sistema de contrapoderes institucionales o sistema de equilibrio de poderes.
El resultado de esa división es que en la práctica ningún poder, según el ordenamiento constitucional, esté por sí mismo en capacidad jurídica de tomar decisiones sin el contralor de los otros.
Así hablamos de equilibrios y controles. Los “Controles” se refieren a la capacidad, el derecho y la responsabilidad de cada poder de supervisar las actividades de los demás; “Equilibrios” se refiere a la capacidad de cada entidad para usar su autoridad para limitar los poderes de los demás, ya sea en alcance general o en casos particulares.
Todos sabemos que es el Poder Ejecutivo el que tiene mayor cantidad de facultades y concentra el poder de “hacer” en sus manos, especialmente en los sistemas presidencialistas. Ello puede verse agravado, generalmente así sucede, cuando es la misma fracción política la que también tiene mayorías en el parlamento.
De modo tal que, aún en el sistema republicano, puede concentrarse el mando cuando el Poder Legislativo actúa como “escribanía” del Poder Ejecutivo, convalidando todo su accionar.
Es lo que sucedió durante el kirchnerismo, especialmente en el Senado, que afortunadamente tuvo un vallado importante en la actitud de la Corte Suprema que demostró independencia en numerosos fallos, especialmente los de “democratización de la justicia” y la “ley de medios”.
Allí, el peligro estuvo en la posibilidad de la vigencia de una autocracia, dónde el presidente controla las cámaras legislativas, y tiene a la vez jueces condescendientes. Es la más común de las enfermedades de la república, abrogarla de hecho no obstante los impedimentos normativos.
Por darle un nombre que simbolice el desvío, estaríamos en presencia de una “democracia antirepublicana”, dónde los representantes son elegidos por el voto ciudadano, pero en la práctica no existe división de poderes, aun cuando las normas lo establezcan.
Pero la “antirepública” no sólo puede mostrarse en un presidente que concentre el poder, que es lo más común. También puede suceder con el Poder Legislativo y el Poder Judicial, en este último caso llamado “la dictadura de los jueces”.
Hoy queremos hablar de aquello que tememos suceda en nuestro país, dónde las consecuencias son difíciles de prever. Si malo es tener al Congreso funcionando como una “escribanía” del Poder Ejecutivo, también lo es uno obstructivo.
Es cierto, Javier Milei tiene un temperamento autocrático, no es difícil suponer cuál sería su comportamiento luego del turno electoral intermedio, dónde tiene la posibilidad de ampliar su número de legisladores, cuando no tener mayorías propias.
Sin embargo, su discurso de antipolítica florece aún más, cuando mayores sean las trabas que las cámaras legislativas le ponen a sus iniciativas.
Partamos del hecho de que al ganar las elecciones del año pasado, tiene el derecho, cuando no el deber, de poner en práctica sus propuestas, obviamente dentro de un marco de prudencia y respeto por las normas.
Dejando de lado la inexperiencia y la volubilidad del equipo presidencial, comenzando por el mismo titular, hacen ya cinco meses que Milei no puede obtener una ley, su ley.
Con un primer tiempo dónde, mostrando su costado más amateur, el presidente ordena retirar la Ley Bases y el Régimen Fiscal, cuando ya estaban aprobados en general, en el segundo llegó la hora de tomar experiencia y actuar en consecuencia.
Se observa una marcada tendencia de los funcionarios ejecutivos a intentar negociar las normas de los proyectos, terminando con una media sanción de Diputados luego de recortes amplios y cambios importantes.
Ya en el Senado, que es cámara revisora, comienzan a aparecer cuestionamientos y peticiones que hacen peligrar la sanción de la norma, por lo menos en tiempo adecuado. Las fracciones políticas representadas en la cámara baja como en la alta, son las mismas, debieron ponerse de acuerdo en sus partidos políticos sobre las cuestiones a plantear. Pero, cada legislador hace su juego, en omisión del conjunto.
Cuestionamientos al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), el blanqueo, la reforma previsional, el monotributo social y el impuesto a las Ganancias, a lo que se agrega la pretensión de sacar a Aerolíneas Argentinas entre las empresas a privatizar, comienzan a generar en el ambiente un tufillo evidentemente obstruccionista.
Todo ello tiraría abajo la estrategia gubernamental, no sólo de firmar el Pacto de Mayo sino además de poner en funcionamiento la batería de cuestiones contenidas en ambos proyectos.
Estimo que ello es también “antirepública”, una representación legislativa atomizada, dónde cada uno tira para un lado diferente y no se pueden armar mayorías que sancionen las leyes.
¿A quién perjudica eso? Obviamente que a los legisladores y consecuentemente a los políticos de la llamada “casta”, no tanto al gobierno, que puede escudarse en la actitud obstructiva.
Para la oposición dialoguista es hora de pensar estratégicamente, dejando de lado detalles y pensando en la política en grande. 2025 no está lejos, y pasará factura.
Dr. JORGE EDUARDO SIMONETTI