75 SON 75
“Declarar que la Dra. Ana María Figueroa cesó en sus funciones a partir del 9 de agosto del corriente año en virtud de lo dispuesto por el artículo 99 inciso 4 tercer párrafo de la Constitución Nacional”
Corte Suprema de Justicia de la Nación
*Luego de idas y vueltas, de un plumazo la Corte mandó a su casa a la jueza Ana María Figueroa, integrante de la Cámara de Casación Penal, por haber cumplido el límite constitucional de los 75 años. Se mantenía en un limbo, cobrando su sueldo pero sin firmar sentencias. Fundadora de Justicia Legítima, el brazo kirchnerista en el Poder Judicial, a su cargo estaban importantes causas judiciales contra Cristina.
**La actual integración cortesana nuevamente demuestra una autonomía del poder político, que enaltece la función judicial.
***De igual modo, los jueces deben avanzar institucionalmente hacia la transparencia y publicidad de sus actos. Los estrados no deben ser sitios lúgubres dónde no ingrese la luz del día.
Fin del limbo judicial en la Cámara de Casación. La Corte Suprema de la Nación dispuso el cese en sus funciones judiciales de la Dra. Ana María Figueroa, a partir del 9 de agosto pasado.
El día de su cumpleaños es, para las personas comunes, una jornada de festejo a la vida. No así para los magistrados judiciales cuando alcanzan los 75 años. La Constitución Nacional dispone el cese en sus funciones a esa edad. Punto. Hasta ahí todo parece sencillo, muy claro, sin dobles interpretaciones.
Pero, cuando la política mete la cola en la justicia, lo que parece de llana interpretación literal, comienza a entrar en un laberinto de acontecimientos en que los vericuetos de la chicana convierten a la carta magna en un texto que se estira como un chicle para el lado que convenga a quien tiene el poder.
Debo confesar, como abogado que soy, que muchas veces me he indignado con la liviandad con que algún periodismo incursiona en temas judiciales. No sólo por la supina ignorancia con la que se opina, sino porque generan una creencia popular errónea.
No obstante, bajada la espuma de los hechos, mi escala de valores me indica que ello constituye un mal menor para proteger el bien superior de la democracia, la transparencia, el control de los poderes públicos, que también están hechos de aciertos y errores pero nunca debieran de oscuridad y ocultamiento.
Sacar las cuestiones a la luz del día es función del periodismo, aún al costo de la desinformación o la confusión. Es el precio que debemos pagar para sostener el sistema.
Y si hablamos de precios, la Justicia también debe hacer frente a un alto precio frente a una sociedad que ignora (no tiene por qué saberlo) las bases de la sagrada tarea de impartir justicia.
No siempre lo popular es lo justo, si lo fuera, bastaría con decidir las cuestiones jurídicas a través de las encuestas de opinión o el voto de la gente. La calle, generalmente, condena, y la condena social termina por inundar el imaginario popular antes que se produzca el pronunciamiento judicial.
No debe extrañar, entonces, que el poder judicial sea una de las instituciones menos apreciadas por el común, aún por debajo de la política misma. Lo dicen estudios serios de opinión.
Pero, como me gusta decir, un poco y un poco. Un poco, los jueces son atacados sin razones valederas y otro poco con ellas. Es que, a pesar del avance cualitativo y cuantitativo en materia de comunicaciones, el poder judicial es todavía un lugar lúgubre y desconcertante, dónde no ingresa la luz del conocimiento público.
La vieja consigna de que “el juez habla sólo por sus sentencias”, que es el tradicional paradigma casi sagrado de la magistratura, ha devenido en una especie de telón que ha impedido la conexión de la sociedad con sus jueces.
Obviamente, es un terreno en el que hay que andar con cuidado. No son buenos los jueces afectos a las cámaras y a la publicidad, son muy propensos a tomar decisiones en función de la popularidad y no de la justicia. Pero tampoco es bueno para el sistema que la oscuridad sea la norma en los casos que se ventilan ante los tribunales.
La gente debe saber, y para que ello suceda, hay que explicarles las características de los procesos, la vigencia de las garantías constitucionales y los pasos que deben seguir las causas en trámite. Educar al soberano, esa tarea pendiente que nos ahorraría muchos dolores de cabeza.
Pero, el otro poco es aquello que los propios integrantes de la Justicia, como seres humanos que son, contribuyen con sus conductas poco claras o, en algunos casos, directamente cuestionables a la luz de un pensamiento racional.
El caso de la exjueza Figueroa es paradigmático, me refiero al límite constitucional de los 75 años para el cese de funciones. Una regla extremadamente simple, que fue objeto de un camino interpretativo tan sinuoso como sesgado, que ni los mismos abogados podemos entender a partir de la ciencia jurídica.
A través de la doctrina Fayt, la vieja Corte menemista declaró inconstitucional la propia norma de la carta magna que impone el límite de los 75 años, y Carlos Fayt continuó como cortesano hasta los 97 años.
La Corte actual, en el caso conocido como “Schiffrin”, en 2017 reestableció la interpretación recta de la norma. Dijo que rige la norma constitucional y que 75 es 75, cumplido lo cual el magistrado cesa en sus funciones, salvo que con anterioridad a la fecha del cumpleaños, haya una nueva designación por cinco años más, con acuerdo del Senado.
¿Por qué tenía tanta importancia la continuidad de Ana María Figueroa como jueza de la Cámara de Casación Penal? Porque tenía en sus manos el caso Hottesur-Los Sauces y Memorándum con Irán, en los que debía decidir si se hace o no el juicio oral contra Cristina Kirchner. Y, como es de público conocimiento, la jueza cesada era una reconocida simpatizante kirchnerista, creadora de Justicia Legítima, que sostuvo públicamente que la expresidenta es una perseguida política.
El Poder Ejecutivo había remitido al Senado el pliego de Figueroa, para el acuerdo por cinco años más, pero la oposición se negó a formar quórum para impedir la maniobra continuista, lo que derivó en una virtual paralización de la tarea legislativa de la cámara alta.
La cuestión es que, la jueza cesada, continuó en su cargo luego de haber cumplido 75 años, auto ubicándose en un limbo judicial: no firmaría sentencias hasta que se resolviera su acuerdo, pero seguiría cobrando su sueldo.
El miércoles pasado, la Corte decretó su “game over”, mandando a su casa a la jueza Figueroa. Dijo que “el nombramiento debe ser anterior al día en que el magistrado alcance la edad referida; de lo contrario, no habría límite temporal para la realización de ese nuevo nombramiento, con la absurda consecuencia de que el límite etario se tornaría inoperante”.
Creo que el fallo es un tiro para el lado de la justicia y en contra del poder político mal ejercido. La Corte puso en su lugar aquello que la propia Cámara de Casación debió hacer y no hizo.
Cristina, con la decisión, queda expuesta a participar de otro juicio oral relacionado con la corrupción en la obra pública: el ida y vuelta entre Lázaro Báez y los Kirchner, con la contratación de servicios hoteleros mediante.
Le queda pendiente a la Justicia, avanzar institucionalmente en el sentido de la transparencia y la publicidad, para que los fallos no sólo sean justos, sino que, además, lo parezcan a los ojos de la sociedad. Tal como la mujer del César.
Dr. Jorge Eduardo Simonetti