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CRISTINA NO VIOLÓ LA VEDA ELECTORAL

El modelo condenó a los jubilados.- La jueza electoral María Servini de Cubría, rechazó el recurso de amparo interpuesto por el diputado nacional Manuel Garrido, quién había acusado a  la Presidenta Cristina Fernández de Kirchnerde proyectar un hecho violatorio de la veda electoral, a raíz del acto preanunciado en el que la primera mandataria iba a dar a conocer un incremento en los haberes jubilatorios nacionales.-
                               El artículo 64 quáter del Código Electoral Nacional prohíbe “durante los quince días anteriores a la fecha” de la elección, “la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y en general la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”.-
                               Por basarse en “meras especulaciones o suposiciones”, la Justicia rechazó el amparo, y el camino para el acto político presidencial quedó allanado.-

                               Cómo parte de la concurrencia de la cadena nacional instrumentada a tal efecto, en primera fila podía verse a un bronceado Daniel Scioli, precandidato del Frente para la Victoria a Presidente de la Nación, escuchando muy atentamente junto al acostumbrado  auditorio de cartón pintado, que sólo se movía para ensayar la repetitiva mueca de la sonrisa aprobatoria, o enrojecer sus palmas con el aplauso empalagoso que es ya tradicional en la apología oficialista.-

                               Con el análisis “ex post facto”, o con la lectura del diario del lunes, pareció que el combo cerraba, la prohibida figura legal se configuraba y daba razones a Garrido y su queja.- Tarde.-  Acto de gobierno, ampliado hasta el infinito con la dichosa cadena nacional obligatoria, anuncio de mejoras salariales a los jubilados, y  presencia del candidato oficialista.-
                                Al gobierno no se le movió un pelo con la denuncia,  la anomia conductual que ha penetrado  el comportamiento institucional de los gobernantes de este siglo, hizo el resto.- Hecho consumado y a otra cosa.-
                               Sin embargo, un análisis más detenido de la situación, una interpretación más contextualizada de la norma electoral, nos suministra dos lecturas desapasionadas de la situación.-
                               Una primera es la formal, en el que el texto de la ley sin dudas prohíbe la cadena de Cristina, agravada con la presencia de Scioli, en la realización de un acto de gobierno que puede favorecer a uno de los contendientes de la elección, precisamente el candidato del oficialismo.-
                               Un incremento salarial a un sector importante de la población, los jubilados nacionales, podría acarrearle votos al oficialismo, precisamente del sector pasivo, que entusiasmado con la mejora de las jubilaciones, podrían ir contentos a depositar su voto en la urna en favor del candidato de Cristina.-
                               Pero, si nuestra interpretación de la norma va más allá de su texto, si nos adentramos en el espíritu de la prohibición legal, vamos a concluir que lo que la ley quiere prohibir es la “captación del sufragio” con medidas que “favorezcan” a los destinatarios.-
                               En tal sentido, tengo para mí que Cristina no ha violado la prohibición legal, porque el anuncio del incremento del haber jubilatorio del  12,4 %, antes que una medida positiva de gobierno, parece un chiste de mal gusto para los sufrientes pasivos del sistema previsional de la Nación.-
                               El 53 % de los jubilados nacionalespercibe el haber mínimo, su incremento fue, conforme la decisión presidencial, de apenas $ 478(cuatrocientos setenta y ocho pesos) mensuales, de $3.821 a $4.299.-
                                Si consideramos un mes de treinta días, hasta el 31 de agosto el jubilado cuenta por día para vivir con $ 127,66, y a partir del 1° de setiembre, por milagrosa intercesión presidencial, deberá vivir con $ 143,30.-La sideral cifra de $15,64 (Quince pesos con sesenta y cuatro centavos) diarios es, en suma, el incremento para el 53% de los jubilados nacionales.-
                               Con ese monto, el jubilado deberá alimentarse, vestirse, pagar sus medicamentos, la atención médica, servicios de luz, agua, impuestos, alquiler, etc.- Para que la buena nueva presidencial haya sido completa, el incremento de los beneficios jubilatorios debió complementarse con un curso gratuito de magia, aunque creo que ni los magos pueden vivir con esos montos.-
                               La canasta básica de un jubilado contiene los bienes y servicios mínimos, imprescindibles para una persona de la tercera edad, valuados a precios por debajo de la media de comercios y negocios, incluidos supermercados chinos.-
                         Conforme la Defensoría de la Tercera Edad, al mes de mayo de 2015, ascendía la canasta a la suma de $7.608,45.- El gobierno, cuatro meses después, anuncia con bombos y platillos una jubilación mínima de $4.299, es decir $3.400  por debajo de los gastos esenciales calculados al mes de mayo.-
                               El incremento no sólo es miserable, patético, burlesco, incomprensible, sino  además violatorio de los derechos humanos más elementales de los pasivos, a los que este gobierno ha condenado a vivir en la pobreza más absoluta, con sueldos de hambre, mientras gran parte de los fondos previsionales los destina a la financiación de su política populista de subsidios y regalos.-
                               Entonces, ¿favorece el anuncio de Cristina a la candidatura de  Daniel Scioli? ¿Pueden los jubilados votar el continuismo de una política que los condenó a la miseria y a la indignidad? ¿Pueden votar los familiares de los jubilados nacionales la humillacióna la que son sometidos sus mayores?, ¿Pueden los electores apoyar la política del “Hood Robin”, que saca a los pobres en lugar de a los ricos? Muy difícil.-
                               Por eso es que creo que el espíritu de la norma no ha sido violentado con el anuncio de Cristina, por más que lo haya hecho con la presencia del precandidato presidencial del oficialismo, porque en lugar de una acción de gobierno positiva, la cadena nacional seguramente va a constituir un “salvavidas de plomo” electoralsi nos detenemos un momento a analizar su alcance.-
                               Mientras tanto, tampoco ninguno de los precandidatos presidenciales ha sido claro y contundente en el anuncio de su política previsional, teniendo a la clase pasiva en un lugar secundario de sus prioridades de gobierno, salvo algún último manotazo de ahogadode quién se le escurren las intenciones de voto como agua entre los dedos.-
                                Mientras anunciamos con bombos y platillos la disminución de la deuda externa del país con organismos internacionales, acreedores privados y portadores de bonos, la deuda moral con nuestros mayores sigue creciendo, a través de un modelo que los ha condenado a la pobreza ya la indignidad.-
                               Con el anuncio del miserable aumento de las jubilaciones, Cristina no violentó la prohibición electoral, este artículo comentando sus alcances, tampoco.-
                              
                                                  Jorge Eduardo Simonetti

                              
             http://www.ellitoral.com.ar/373723/Cristina-no-violo-la-veda-electoral                 

Jorge Simonetti

Jorge Simonetti es abogado y escritor correntino. Se graduó en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Nordeste. Participó durante muchos años en la actividad política provincial como diputado en 1997 hasta 1999 y senador desde 2005 al 2011.

Se desempeñó como convencional constituyente y en el 2007 fue mpresidente de la Comisión de Redacción de la carta magna. Actualmente es columnista en el diario El Litoral de Corrientes y autor de los libros: Crónicas de la Argentina Confrontativa (2014) ; Justicia y poder en tiempos de cólera (2015); Crítica de la razón idiota (2018).

https://jorgesimonetti.com

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